jueves, 24 de noviembre de 2016

Principios que consagran derechos en materia del Medio Ambiente

Artículos constitucionales

Artículo 1.  

Párrafo 3

En el ámbito de sus competencias tiene la obligación de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, de conformidad, con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Articulo 2.

Inciso A, Fracción V

Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras, en los términos establecidos de esta constitución. 

Articulo 3.

Párrafo 2

La educación que imparte el estado tendera a desarrollar armónicamente todas las habilidades del ser humano y fomentar en el, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de solidaridad internacional.

Articulo 4.

Párrafo 5

Toda persona tiene derecho al medio ambiente para su desarrollo y bienestar, el estado garantizara, el respeto por ese derecho. el daño y deterioro ambiental generara para quien lo provoque para términos de la ley.

Articulo 25.

Párrafo 1

Corresponde al estado, la rectoría y del desarrollo nacional para garantizar que esta sea integral y sustentable, que enriquezca la soberanía de la nación [...].

Articulo 27.

Párrafo 1, ...

La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. 

Se dictaran las leyes necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas posiciones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques a efecto de ejecutar obras publicas y de planear y regular su financiación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, para preservar y restaurar el equilibrio ecológico.  


miércoles, 23 de noviembre de 2016

Análisis y contraste de las constituciones de entidades federativas

Disposiciones relativas al medio ambiente

Chiapas

Art.5 

Las obligaciones de sus habitantes son el evitar la deforestación, forestar y reforestar los predios que les pertenezcan y colaborar con las autoridades en la ejecución de las campañas contra la deforestación, la forestación y la reforestación (sic); prevenir y combatir los incendios y contribuir a la realización de los programas de mejoramiento de la comunidad.

En este caso no se indica que los habitantes tienen derecho a disfrutar de un me dio ambiente sano; pero se les imponen obligaciones respecto de los re cursos foresta les del Estado, que como sabemos se encuentran gravemente amenazados, de ahí que resulte indispensable involucrar a la población en acciones a efecto de protegerlos.

Chihuahua 


El gobierno del Estado y los municipios, procurarán que los criterios que las guíen consideren el aprovechamiento sustentable en el uso de los recursos naturales, a efecto de que se respete la integridad funcional y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos por periodos definidosAsí mismo, los diversos proyectos de obra pública en cualquiera de los órdenes de gobierno, deberán garantizar entre otras cosas, que el desarrollo sea integral y sustentable; que los mismos sean evaluables mediante criterios de carácter ambiental, económico y social, que tiendan a mejorar la calidad de vida y la productividad de las personas; que consideren medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológicoprotección del ambiente y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.


El deber de incluir criterios de carácter técnico y científico en la protección de los ecosistemas y el deber de evaluar las obras que realicen los órganos de gobierno no sólo desde el punto de vista de su utilidad y necesidad, sino también incluyendo al ambiente como objeto de protección, todo ello en función del bienestar del ser humano.

martes, 8 de noviembre de 2016

Áreas Naturales Protegidas de México

Se le da la categoría de ANP a aquellas zonas del territorio nacional en donde los ambientes originales  no han sido  alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas. El organismo encargado de administrar y supervisar a las áreas naturales protegidas es la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP)

Se crean mediante un decreto presidencial y las actividades que pueden llevarse a cabo en ellas se establecen de acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, su Reglamento, el programa de manejo y los programas de ordenamiento ecológico. Están sujetas a regímenes especiales de protección, conservación, restauración y desarrollo, según categorías establecidas en la Ley.
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas administra actualmente 176 áreas naturales de carácter federal que representan más de 25,394,779 hectáreas. Y están divididas en Nueve Regiones en el país.

En México existen diversos tipos de áreas protegidas: federales, estatales, municipales, comunitarias, ejidales y privadas.

El estado de Baja california Sur se encentra dentro de la región CONANP de la "Península de Baja California y Pacifico Norte". El estado cuenta con 3 parques nacionales, 3 áreas de protección de flora y fauna, una santuario y 3 reservas de la biósfera.

Áreas de protección de flora y fauna

Aquí se presentan las áreas de FF ubicadas en Baja California Sur

https://padlet.com/underworld194/hcuiqqychqa3



ARTÍCULO  54. LGEEPA-  Las  áreas  de  protección  de  la  flora  y  la  fauna  se  constituirán de  conformidad  con  las disposiciones  de  esta  Ley,  de la  Ley  General  de  Vida Silvestre,  la  Ley  de  Pesca  y  demás  aplicables, en los  lugares  que  contienen  los hábitat  de  cuyo  equilibrio  y  preservación  dependen  la  existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestres. 

En  dichas  áreas  podrá  permitirse  la  realización  de  actividades relacionadas  con  la preservación, repoblación,  propagación,  aclimatación, refugio,  investigación  y aprovechamiento  sustentable  de  las especies mencionadas, así como las relativas a educación y difusión en la materia. 

Asimismo,  podrá  autorizarse  el  aprovechamiento  de  los  recursos  naturales  a  las comunidades  que  ahí habiten  en  el  momento  de  la  expedición  de  la  declaratoria respectiva,  o  que  resulte  posible  según  los estudios  que  se  realicen,  el  que  deberá sujetarse  a  las  normas  oficiales  mexicanas  y  usos  del  suelo  que al  efecto establezcan  en  la  propia  declaratoria. 


domingo, 23 de octubre de 2016

Triangulación de conceptos (capítulos 3 y 4 de la LGEEPA)

Del apartado de la política ambiental 

Ecosistema 

Art.15 
  • I. Los ecosistemas son patrimonio común de las sociedad y  de  su  equilibrio  dependen  la  vida  y  las posibilidades productivas del país;
  • II. Los  ecosistemas  y  sus  elementos  deben  ser  aprovechados  de  manera  que  se  asegure  una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad
Instrumentos 
Art.18- El gobiernos federal promoverá la participación de distintos grupos sociales en la elaboración de programas que tengan por objeto la preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente: ordenamiento ecológico desequilibrio existente por defecto de asentamientos humanos.


Equilibrio ecológico 

Artículo 15
  • III.-  Las  autoridades  y  los  particulares  deben  asumir  la  responsabilidad  de  la  protección  del  equilibrio ecológico;
  •  IV.-  Quien  realice  obras  o  actividades  que  afecten  o  puedan  afectar  el  ambiente,  está  obligado  a prevenir,  minimizar  o  reparar  los  daños  que  cause,  así  como  a  asumir  los  costos  que  dicha  afectación implique.  Asimismo,  debe  incentivarse  a  quien  proteja  el  ambiente,  promueva  o  realice  acciones  de mitigación  y  adaptación  a  los  efectos  del  cambio  climático  y  aproveche  de  manera  sustentable  los recursos  naturales; Fracción reformada DOF 24-04-2012 
  • V.-  La  responsabilidad  respecto  al  equilibrio  ecológico,  comprende  tanto  las  condiciones  presentes como las que determinarán la calidad de la vida de las futuras generaciones;
  •  VI.-  La  prevención  de  las  causas  que  los  generan,  es  el  medio  más  eficaz  para  evitar  los  desequilibrios ecológicos;
  • ARTÍCULO  18.-  El  Gobierno  Federal  promoverá  la  participación  de  los  distintos  grupos  sociales  en  la elaboración  de  los  programas  que  tengan  por  objeto  la  preservación  y  restauración  del  equilibrio ecológico y la protección al ambiente, según lo establecido en esta Ley y las demás aplicables Instrumentos 
Instrumentos
Art. 20- El programa de ordenamiento ecológico genera del territorio será formulado por la secretaria.
I- La regionalización ecológica de territorio nacional y de las zonas sobre las que la nación ejerce soberanía y jurisdicción.

Erradicación de la pobreza 


  • XIII.-  Garantizar  el  derecho  de  las  comunidades,  incluyendo  a  los  pueblos  indígenas,  a  la  protección, preservación,  uso  y  aprovechamiento  sustentable  de  los  recursos  naturales  y  la  salvaguarda  y  uso  de  la biodiversidad, de acuerdo a lo que determine la presente Ley y otros ordenamientos aplicables; 
  • XIV.- La erradicación de la pobreza es necesaria para el desarrollo sustentable;
Instrumentos
Art. 21, IV- Promover una mayor equidad social en la distribución de costos y beneficios sociales a los objetivos de la política ambiental

Mujeres 

  • XV.-  Las  mujeres  cumplen  una  importante  función  en  la  protección,  preservación  y  aprovechamiento sustentable  de  los  recursos  naturales  y  en  el  desarrollo.  Su  completa  participación  es  esencial  para  lograr el desarrollo sustentable;
Instrumentos
Art. 18- El gobierno federal promoverá la participación de los distintos grupos sociales en la elaboración de programas.

Educación 

  • XX.  La  educación  es  un  medio  para  valorar  la  vida  a  través  de  la  prevención  del  deterioro  ambiental, preservación,  restauración  y  el  aprovechamiento  sostenible  de  los  ecosistemas  y  con  ello  evitar  los desequilibrios  ecológicos  y  daños  ambientales.
Instrumentos
Art. 17-Incorporación de contenidos ecológicos y protección del ambiente , formación cultural ecológica de la niñez, promoción de la investigación científica y tecnológica con miras del desarrollo sostenible.

Equilibrio ecológico de otros países 

  • XVII.-  Es  interés  de  la  nación  que  las  actividades  que  se  lleven  a  cabo  dentro  del  territorio  nacional  y en  aquellas  zonas  donde  ejerce  su  soberanía  y  jurisdicción,  no  afecten  el  equilibrio  ecológico  de  otros países o de zonas de jurisdicción internacional;
  •  XVIII.  Las  autoridades  competentes  en  igualdad  de  circunstancias  ante  las  demás  naciones, promoverán  la  preservación  y  restauración  del  equilibrio  de  los  ecosistemas  regionales  y  globales;
Instrumentos
Art. 18- La regionalización ecológica en actividades productivas que con ella desarrollen en conjunto con las entidades federales y municipales

lunes, 3 de octubre de 2016

Análisis y contrastes de constituciones de Latinoamerica

Argentina 

Art.43
Declarativos que promueve la ley
Todos los habitantes gozan del derecho de un ambiente sano y equilibrado.

Derechos y obligaciones del individuo
Toda persona puede imponer acción expedida y rápida de amparo siempre que no exista otro medio judicial más idóneo.

Facultades y obligaciones del estado y/u órgano
El juez podría declarar la inconstitucionalidad de la norma de la que se funde el acto y omisión lesiva.


Se anexa a la constitución el desarrollo sustentable, así como la posibilidad de implementar los mecanismos necesarios, para proteger ese derecho y la responsabilidad de daños al medio ambiente la obligacion de repararlos. Otorga a sus habitantes de acceder otra vez al amparo en lo relativo a los derechos que protegen al medio ambiente, ya sea que lo promueva el afectado, el defensor o las asociaciones interesadas.

Costa Rica 

Art.50


Declarativos que promueve la ley
El estado garantizara, defenderá y preservara ese derecho.

Derechos y obligaciones del individuo
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente sano.

Facultades y obligaciones del estado y/u órgano
La ley determina las responsabilidades y las sanciones correspondientes.


Prevee la legitimación de todo individuo para denunciar los actos que infrinjan su derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Así como reclamar por el daño causado. Prevee la responsabilidad de establecer los principio de responsabilidad en las leyes secundarias. lo cual garantiza el ejercicio de dicha facultad y en su caso imponer las sanciones procedentes en la ley.

Ecuador

Art.86

Derechos y obligaciones del individuo
Velar para que este derecho no sea afectado y garantizara la preservación de la naturaleza.

Facultades y obligaciones del estado y/u órgano
El estado protegerá el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo sustentable.

Instancias que promueven la atención precisa sobre la materia ambiental
El estado garantizara, defenderá y preservara ese derecho.


Art.91

Declarativos que promueve la ley
Cualquier persona natural o jurídica, o grupo humano, podrá ejercer las acciones previstas en la ley para la protección del medio ambiente.

Facultades y obligaciones del estado y/u órgano
Medidas preventivas en caso de dudas sobre el impacto ambiental o las consecuencias negativas de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica de daño.

Instancias que promueven la atención precisa sobre la materia ambiental
El estado, sus delegaciones y concesionarios.

No solo las personas físicas tiene  el derecho de preservar el entorno, independientemente de que exista un daño patrimonial, para ejercitar dichas acciones. 

España

Art.45

Derechos y obligaciones del individuo
Disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

Facultades y obligaciones del estado y/u órgano
Los poderes públicos velaran por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

Instancias que promueven la atención precisa sobre la materia ambiental
Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Contribuye a hacerlo efectivo, dado que el estado por si solo no puede garantizarlo, en términos de este precepto constitucional es necesario que se apoye en la solidaridad colectiva, a de mas se instituye la respuesta administrativa y penal por la comisión de daños al ambiente y de obligación que resulta de la misma (reparación de los daños causados) 

Revisión actualizada de la constitución política de BCS

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur

Fecha de publicación: 15 de enero de 1975
Última reforma integrada: 30 de abril de 2016

Artículos con disposiciones relativas al medio ambiente:


Artículo 11.- La propiedad privada se respetará y garantizará en el Estado, con las modalidades que para su ejercicio, como función social, le impone el Artículo 27 de la Constitución General de la República, buscando el aprovechamiento racional de los recursos naturales susceptibles de apropiación, para propiciar la distribución equitativa de la riqueza pública, preservar su conservación y coadyuvar al progreso social.

Artículo 13.- […] Todos los habitantes del Estado tienen derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho de todo individuo de gozar de un ambiente ecológicamente equilibrado y la protección de los ecosistemas que conforman el patrimonio natural de Baja California Sur. Los habitantes del Estado tienen derecho a conocer y tener acceso a la información actualizada acerca del estado del ambiente y de los recursos naturales de la entidad, así como a participar su protección y en las actividades designadas a su conservación y mejoramiento. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quién lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, el Estado y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.

lunes, 26 de septiembre de 2016

Conceptos

Conceptos I

Ecología

Es la especialidad científica que estudia las interacciones que determinan la distribución, abundancia, número y organización de los organismos en los ecosistemas. En otras palabras, la ecología es el estudio de la relación entre los organismos con su ambiente físico y biológico.

Gestión Ambiental

Serie de actividades, políticas, dirigidas a manejar de manera integral el medio ambiente de un territorio dado y así contribuir con el desarrollo sostenible del mismo. La gestión ambiental implicará estrategias que organizan diversas actividades tendientes a conseguir una mejor calidad de vida y asimismo gestionar todas aquellas necesarias para prevenir y minimizar los típicos casos que conducen a la contaminación del ambiente.


Sustentabilidad

Existen muchos términos para definir la sustentabilidad, así como diversos enfoques que se le pueden otorgar, sin embargo la definición mas aceptada es la que decreta que " la administración eficiente y racional de los recursos naturales, de manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras.





  • Subgerencia Cultural del Banco de la República. (2015). Ecología. Recuperado de: http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/ciencias/ecologia
  • Definición.de. (2016). Definición de ecología — Definicion.de. [online] Available at: http://definicion.de/ecologia/ [Accessed 25 Nov. 2016].
  • Definición ABC. (2016). Definición de Gestión ambiental. [online] Available at: http://www.definicionabc.com/medio-ambiente/gestion-ambiental.php [Accessed 25 Nov. 2016].
  • Definición ABC. (2016). Definición de Gestión ambiental. [online] Available at: http://www.definicionabc.com/medio-ambiente/gestion-ambiental.php [Accessed 25 Nov. 2016].


Conceptos II (Forestación)

Los recursos forestales hacen referencia a todos elementos aprovechables que podemos obtener de los bosques y selvas, más específicamente, la extracción o explotación de sus árboles y plantas.

De acuerdo con la FAO "la gestión forestal es un proceso de planificación y ejecución de prácticas para la administración y uso de los bosques y otros terrenos arbolados, con el fin de cumplir con objetivos ambientales, económicos, sociales y culturales específicos. La gestión forestal tiene que ver con todos los aspectos administrativos, económicos, legales, sociales, técnicos y científicos relacionados con los bosques naturales y plantados. También puede relacionarse con grados diversos de intervención humana deliberada, desde acciones que buscan salvaguardar y mantener los ecosistemas forestales y sus funciones, hasta aquellas que buscan favorecer especies de valor social o económico, o grupos de especies que permitan mejorar la producción de bienes y servicios del bosque." 

Forestación 


Establecimiento de un cultivo arbóreo en una superficie de la que siempre o durante mucho tiempo estuvo ausente (por un periodo al menos de 50 años), a través de la plantación, semillado o promoción inducida por el hombre.  

La forestación se inscribe así como una metodología para cuidar el hábitat y evitar que especies vegetales o animales se pierdan por el accionar del ser humano.
"Cuando el establecimiento falla y se reitera, se puede denominar propiamente reforestación." 


Reforestación  

Es la conversión de un área que estuvo forestada, pero fue deforestada a través de la plantación, semillado o promoción inducida por el hombre de la regeneración natural. En pocas palabras es la acción por la cual se vuelve a poblar de árboles un territorio.

 Deforestación  


Significa eliminar o agotar la cobertura de los árboles en al menos un 10% en aras de la agricultura, actividades mineras, represas, creación y mantenimiento de la infraestructura, expansión de las ciudades y otras consecuencias debidas a un crecimiento rápido de la población.


De acuerdo con los resultados del Índice de Riesgo de Deforestación, publicado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), el 38% de los bosques y selvas mexicanas se encuentra en un nivel de riesgo de deforestación alto o muy alto (Este Pais, tendencias y opiniones, 2014). 


Bibliográfia


  • Fao.org. (2016). Gestión forestal sostenible. [online] Available at: http://www.fao.org/forestry/sfm/85084/es/ [Accessed 26 Sep. 2016].
  • Fao.org. (2016). Anexo 2: Definiciones. [online] Available at: http://www.fao.org/docrep/w4345s/w4345s08.htm [Accessed 26 Sep. 2016].
  • Definición.de. (2016). Definición de recursos forestales — Definicion.de. [online] Available at: http://definicion.de/recursos-forestales/ [Accessed 26 Sep. 2016]. 
  • Mi comunidad, nuestra tierra. (n.d.). 1st ed. [ebook] pp.1(12). Available at: http://www.aag.org/galleries/mycoe-files/T.Deforestacion.pdf [Accessed 26 Sep. 2016].
  • Definición ABC. (2016). Definición de Reforestación. [online] Available at: http://www.definicionabc.com/medio-ambiente/reforestacion.php [Accessed 26 Sep. 2016].
  • DEFORESTACIÓN Y REFORESTACIÓN. (n.d.). 1st ed. [ebook] Perú, pp.3,4. Available at: http://www.predes.org.pe/predes/basedatos/ayudatematica_pdf/deforestacion_reforestacion.pdf [Accessed 26 Sep. 2016].
  • Definición MX. (2016). Forestación. [online] Available at: http://definicion.mx/forestacion/ [Accessed 26 Sep. 2016].
  • Este Pais, tendencias y opiniones, (2014). Volumen maderable de bosques y selvas. [image] Available at: http://archivo.estepais.com/site/2014/herramientas-para-una-politica-forestal-eficiente/ [Accessed 26 Sep. 2016].